Chacabuco 1050
Lunes a Viernes de 7:00 a 13 hs
4467830
obrasparticulares@baigorria.gob.ar
Debe gestionarse cuando se realizan refacciones en un inmueble: pinturas en general, reparaciones de carpintería, herrería, revoques, vidriería, sanitarios, arreglos no estructurales de cubiertas tales como impermeabilizantes, doblados de ladrillos y contrapisos, cambio de pisos, tabiques divisorios que no modifiquen la especialidad del inmueble ni generen espacios interiores estancos, intervenciones en fachadas.
CÓMO SE TRAMITA
QUIÉN LO PUEDE REALIZAR
DOCUMENTOS A PRESENTAR
Por intervenciones en fachadas: especificar la materialidad existente en el frente y las características de la intervención propuesta.
El aviso de obra no es automático. La Oficina Técnica de Obras Particulares revisará la información provista y enviará la aprobación por correo electrónico.
Para comenzar con la obra se debe esperar la aprobación.
Este trámite es requerido para efectuar demoliciones en una edificación, tanto parciales como totales.
Se realiza en forma presencial pero permite la corrección previa del plano en formato digital.
QUIÉN LO PUEDE REALIZAR
DOCUMENTOS A PRESENTAR
PRIMERA ETAPA – ONLINE:
SEGUNDA ETAPA – PRESENCIAL:
Documentación a presentar en formato papel en Oficina de Obras Particulares:
IMPORTANTE
En caso de faltar algún requisito de los mencionados precedentemente se procederá a la ANULACION del trámite respectivo.
A criterio de la oficina técnica, de acuerdo a la dimensión o magnitud del proyecto, se podrá solicitar copias de planos impresos, debiéndose adjuntar en tal caso el formulario «Ingreso documentación para corrección».
El PERMISO DE DEMOLICIÓN no es automático. La Oficina Técnica de Obras Particulares revisará la información provista y enviará la aprobación por correo electrónico.
Para comenzar con la obra se debe esperar la aprobación.
Este Permiso es requisito esencial para iniciar la edificación de una obra determinada con aprobación de la Municipalidad de Granadero Baigorria.
Se realiza en forma presencial, pero permite la corrección previa del plano en formato digital
QUIÉN LO PUEDE REALIZAR
INSCRIPCIÓN PROFESIONAL
Se debe cumplir con los siguiente requisitos:
REQUISITOS
INGRESO DE LEGAJO – ONLINE
INGRESO DE LEGAJO EN SOPORTE FÍSICO
Para nueva obra o ampliación:
Plano de ARQUITECTURA (representación en trazos convencionales).
Plano de SANITARIO (trazos convencionales).
Monto a Abonar según presentación:
Solicitud de Permiso: 1 % del Monto de Obra S/ planilla de liquidación de Aportes Profesionales.
Intimado Obra en Ejecución: 1.5 % del Monto de Obra S/ planilla de liquidación de Aportes Profesionales.
Forma de pago:
TENER EN CUENTA
En caso de iniciar un plan de pago, el permiso de edificación se otorga una vez canceladas todas las cuotas. (Haber iniciado el plan de pago no implica derecho a edificar).
Si al momento de vencimiento de la última cuota del plan existen cuotas impagas se da paso a la caducidad automática del plan.
EL PERMISO DE EDIFICACIÓN SE OBTIENE CUANDO SE CUMPLEN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
FINAL DE OBRA
Pueden solicitarlo Propietario o Profesional actuante.
Se debe cumplir con los siguientes requisitos:
IMPORTANTE
Es OBLIGATORIO que el inmueble cuente con la Vereda Reglamentaria ejecutada de acuerdo a la Ordenanza de Veredas Vigente, caso contrario no se le otorgará el Final de Obra
Este trámite permite REGULARIZAR la situación administrativa de una edificación construida sin contar con Permiso de Edificación. Se realiza en forma presencial, pero permite la corrección previa del plano en formato digital.
QUIÉN LO PUEDE REALIZAR
INSCRIPCIÓN PROFESIONAL
Se debe cumplir con los siguiente requisitos:
REQUISITOS
INGRESO DE LEGAJO – ONLINE
INGRESO DE LEGAJO EN SOPORTE FÍSICO
Para regularización de obras:
Plano de ARQUITECTURA (representación rayado a 45 grados).
Monto a Abonar según presentación:
En Regularización: 2 % del Monto de Obra S/ planilla de liquidación de Aportes Profesionales.
Intimado: 3 % del Monto de Obra S/ planilla de liquidación de Aportes Profesionales.
Forma de pago:
TENER EN CUENTA
En caso de iniciar un plan de pago, el Registro de Obra se carga una vez canceladas todas las cuotas.
Si al momento de vencimiento de la última cuota del plan existen cuotas impagas se da paso a la caducidad automática del plan.
EL REGISTRO DE OBRA SE OBTIENE CUANDO SE CUMPLEN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
EL TRAMITE SE CIERRA CON EL FINAL DE OBRA ADMINISTRATIVO
Final de Obra Administrativo.
Pueden solicitarlo Propietario o Profesional actuante.
Se debe cumplir con los siguientes requisitos:
IMPORTANTE
Es OBLIGATORIO que el inmueble cuente con la Vereda Reglamentaria de acuerdo Ordenanza Vigente, caso contrario no se le otorgará el Final de Obra Administrativo.
QUIEN LO PUEDE REALIZAR
REQUISITOS
DOCUMENTOS A PRESENTAR
PROCEDIMIENTO
Una vez realizada la solicitud, el área técnica analizará cada caso pudiendo solicitar al interesado más documentación en el caso se ser requerido.
QUIEN LO PUEDE REALIZAR
REQUISITOS
DOCUMENTOS A PRESENTAR
La documentación deberá ser presentada mediante expediente en MESA DE ENTRADAS dirigido para DEPARTAMENTO OBRAS PÚBLICAS, en Chacabuco 1050.
ELEMENTOS PUBLICITARIOS SEGÚN SU UBICACION Y FORMA DE COLOCACIÓN:
De presentarse elementos publicitarios que no se encuadren estrictamente a lo estipulado en este ordenamiento, los mismos se encasillaran dentro del tipo al que más se adapten, siéndoles de aplicación, por extensión, las especificaciones que rijan para el mismo, quedando supeditado el otorgamiento del permiso reglamentario al informe fundado de las dependencias técnicas municipales que correspondan, quienes determinaran si las circunstancias por las que no se ajusten a las normas particulares vigentes, en su caso, pueden ser obviadas permitiendo su instalación.
ELEMENTOS PUBLICITARIOS SEGÚN SUS CARACTERISTICAS:
QUIEN LO PUEDE REALIZAR
REQUISITOS
DOCUMENTOS A PRESENTAR
La documentación deberá ser presentada mediante expediente en MESA DE ENTRADAS dirigido para DEPARTAMENTO OBRAS PUBLICAS, en Chacabuco 1050.
Se dispone la obligatoriedad a todos los propietarios de inmuebles en la zona urbana de la ciudad y en aquellas zonas donde la Municipalidad dictamine un caso especial, con o sin mejoras, de proceder a la construcción y mantenimiento de veredas conforme a la presente ordenanza.
La Secretaría de Obras Publicas de la Municipalidad dará los lineamientos y/o directrices a tener en cuenta a los fines de la construcción de las veredas, siempre en consonancia con los términos de la presente ordenanza.
Tanto los propietarios de inmuebles baldíos como los de inmuebles con mejoras tendrán la misma obligatoriedad en cuanto a lo que establece esta ordenanza en características constructivas.
Las veredas deberán estar libre de riesgos, obstáculos y resaltos a lo largo de toda su extensión, en un ancho de 1.60m y 2.40 m de alto como mínimo, contando desde lalínea municipal. Dentro de este volumen libre de riesgos, se deberá evitar la colación de toldos fijos, escalones de acceso a edificaciones, rampas de acceso a cocheras, maceteros, bicicleteros, sillas, mesas, pretiles, carteles, puestos de venta y todo aquello que dificulte la circulación.
Las veredas se construirán según:
TIPO A:
Baldosas calcáreas de 20cm x 20cm y 2,5cm m de espesor, de Tres Vainillas de color gris uniforme y mortero de asiento de un mínimo de 0,5cm. La forma de colocación será a 90º, con el lado más largo de vainillas de las baldosas ubicadas de forma perpendicular a la Línea Municipal de Edificación de cada lote. Las juntas de dilación se ejecutarán cada 3 m.
Se colocarán sobre un contrapiso de hormigón de cascotes de 10 cm de espesor como mínimo, con un film de polietileno 200 micrones bajo el mismo.
Se construirá un cordón de contención de hormigón armado paralelo a la Línea Municipal de Edificación de 10 cm de ancho x 15 cm de profundidad y en todos aquellos lugares que el proyecto lo requiera. La armadura estará compuesta por dos hierros de 6 mm de diámetro unidos con estribos de 4.2 mm cada 25 cm.
Las veredas serán de 1.50m (Un metro cincuenta) de ancho siendo 1.40m (Un metro cuarenta) de baldosas y 10cm (diez centímetros) de cordón de contención. (Ver esquema 5.A).
TIPO B:
Baldosas graníticas de 30cm x 30cm y 3,5cm m de espesor, de 16 Panes de color gris claro uniforme y mortero de asiento de un mínimo de 2cm. La forma de colocación será a 90º, de forma ortogonal a la Línea Municipal de Edificación de cada lote. Las juntas de dilación de ejecutarán cada 3 m.
Se colocarán sobre un contrapiso de hormigón de cascotes de 10 cm de espesor como mínimo, con un film de polietileno 200 micrones bajo el mismo.
Se construirá un cordón de contención de hormigón armado paralelo a la Línea Municipal de Edificación de 10cm de ancho x 15cm de profundidad y en todos aquellos lugares que el proyecto lo requiera. La armadura estará compuesta por dos hierros de 6 mm de diámetro unidos con estribos de 4.2 mm cada 25 cm.
Las veredas serán de 1.60m (Un metro sesenta) de ancho siendo 1.50m (Un metro cincuenta) de baldosas y 10cm (diez centímetros) de cordón de contención. (Ver esquema 5.B).
TIPO C:
Adoquines de Hormigón tipo Holanda de 10cm x 20cm y 6cm m de espesor, y asiento de arena de un mínimo de 2cm y un máximo de 3cm. La forma de colocación del intertrabado será en forma de espina de pez a 90º, ubicadas de forma ortogonal a la Línea Municipal de Edificación de cada lote. Se colocarán con un film de polietileno 200 micrones bajo el asiento. Las juntas de dilación de ejecutarán cada 3 m.
Se construirá un cordón de contención de hormigón armado paralelo a la Línea Municipal de Edificación de 10cm de ancho x 15cm de profundidad y en todos aquellos lugares que el proyecto lo requiera. La armadura estará compuesta por dos hierros de 6 mm de diámetro unidos con estribos de 4.2 mm cada 25 cm.
Las veredas serán de 1.50m (Un metro cincuenta) de ancho siendo 1.40m (Un metro cuarenta) de adoquines y 10cm (diez centímetros) de cordón de contención. (Ver esquema 5.C).
TIPO D:
Piso de Hormigón de piedras raspinado de 10cm de espesor como mínimo, construido en paños que no superarán los 2 metros de largo, con sus respectivas juntas de dilatación.
Las veredas serán de 1.50m (Un metro cincuenta) de ancho y se colocará un film de polietileno 200 micrones bajo hormigón. (Ver esquema 5.D).
Se establece la tipología de veredas a construir teniendo en cuenta las siguientes zonas:
Los propietarios están obligados a dejar un espacio de suelo no impermeabilizado entre la calzada y la vereda, el cual deberá conservarse limpio y en buen estado.
La Municipalidad no aprobará plano alguno de edificación, refacción o modificación de edificios cuyos accesos vehiculares o cocheras sean proyectados frente a árboles existentes. En casos excepcionales y cuando la disposición de los árboles fuese tal que su extirpación se hiciere imprescindible, el departamento Ejecutivo (previo informe que al respecto emita el área de Parques y Paseos) definirá al respecto.
Los gastos que demanden la extracción del árbol correrán por cuenta del propietario. (Ver esquema 7.A).
En caso de accesos vehiculares, se procederá a solicitar la autorización para ejecutar el rebaje de cordón (según corresponda) en un ancho coincidente con el ingreso existente o requerido.
Se ejecutará una rampa de Hormigón de piedras raspinado de 10cm de espesor como mínimo, en paños que no superarán los 2 m x 1.5 m de largo con sus respectivas juntas de dilatación; malla de acero de 15x15cm de 6mm de diámetro en su totalidad y con un film de polietileno 200 micrones bajo el hormigón.
El tramo de vereda frente a la línea de edificación en el sector del acceso vehicular también llevará malla de acero en los casos que sea requerido.(Ver esquema 8.A)
Permiso de Edificación para obras que superen planta baja y un piso y/o sean Multiviviendas.
Los particulares interesados en realizar cualquier edificación en la Ciudad de Granadero Baigorria, deberán encauzar su proyecto de acuerdo al Reglamento de Edificación de Rosario, de aplicación provisoria hasta la emisión del Código Urbano Municipal.
QUIEN LO PUEDE REALIZAR
Los particulares interesados en realizar edificaciones que superen planta baja y un piso y/o Multiviviendas, deberán tramitar un visado previo, cuya presentación no generará derecho alguno acompañado de la siguiente documentación:
Con toda la documentación presentada se elaborará un expediente remitido a la Secretaría de Obras Públicas para que juntos con las oficinas técnicas correspondientes, y de ser necesario, intervención de Asuntos Legales y del Honorable Consejo Municipal, se analice la viabilidad del proyecto presentado.
PERMISO DE EDIFICACIÓN
Para la obtención de permiso de edificación se deben pasar por dos etapas (Etapa Online y Etapa Presencial) en las cuales se van solicitando documentación dependiendo de la tipología constructiva.
1 – ETAPA ONLINE
Una vez otorgado el Visado Previo y dado el visto bueno, los particulares podrán iniciar el Trámite Online para Permiso de Edificación presentando la siguiente documentación:
1 – ETAPA PRESENCIAL
Una vez obtenido el visto bueno del trámite online, por parte de la oficina técnica, se deberá traer la documentación en formato papel:
Edificio Municipal (Chacabuco 1050), Oficina de Obras Particulares.
Atención al público y profesionales: Lunes a Viernes de 7.30 a 13.00 hs
Consultas
– Arq. López Jeremías
– Arq. Mauro Ventura
– MMO. José Ferreyra
– Arq. Víctor Falivene
Teléfono: Obras Particulares (0341) 4467830
Email: obrasparticulares@baigorria.gob.ar